No se puede negar que uno de los sucesos más importantes posterior a la pandemia del SARS CoV-2 Covid-19, fue el desarrollo de las tecnologías empleadas para el comercio, la enseñanza, la comunicación y por supuesto la salud; por mencionar algunas de las más importantes.

En el aspecto empresarial, las empresas hubieron de subirse a una marea técnico-mecánica que permitiera implementar el teletrabajo o su anglicismo home office, donde la compraventa de servicios y productos, así como, la gestión de procesos fueron de los principales procesos que grandemente se vieron afectados.

Para el sector empresarial principalmente dentro de las micro y medianas empresas hubieron de contar con una actualización forzada para no verse en la necesidad de cerrar sus respectivas empresas; situación cabal que menciona en sus comunicados la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2020).

Para el ámbito educativo, se multiplicaron plataformas y medios que favorecieron la enseñanza a distancia. El World Economic Forum 2020, manifestó patente sobre cómo se multiplicaron los medios electrónicos para llegar hasta los más recónditos lugares, con la finalidad de impartir conocimiento a través de radio, televisión y diversos medios electrónicos. (Garcia Arieto, 2021).

Para la salud, se rompieron paradigmas obligando a derrumbar los conceptos de atención médica clásica. Antes de la pandemia, era obligatoria la visita en forma presencial y posterior a esta, las consultas se realizaron de forma remota.

La telemedicina desde el punto de vista legal, aún se encuentra en una fase muy temprana. En América Latina se encuentra en sus primeros antecedentes en el año 2006, donde se incluye este tipo de atención en la legislación en salud de un país latino.

Teniendo a Colombia, como pionero en la aplicación de la tecnología médica a distancia y que cuente con un marco jurídico sólido (Ministerio de Protección Social, 2006). El siguiente país en tener una legislación bien definida fue México, donde en el año 2015 comienza a introducirse el concepto de la atención a distancia por medios electrónicos, junto con su regulación comprendida en el Proyecto de Norma Oficial PROY-NOM-036-SSA3-2015, para la regulación de la atención médica remota. (DOF, 2015).

Los conceptos de teleconsulta y telemedicina no son similares, aunque uno se encuentra dentro del otro.

Las ventajas y desventajas se enuncian a continuación: 

Ventajas

Desventajas

 

Independientemente de cuál sea la opinión sobre las ventajas o desventajas de la telemedicina, la pandemia por Covid-19 hizo patente la madurez de las instituciones para implementar este servicio (OPS/PAHO, 2022); donde se evidenció que la telemedicina y la teleconsulta fueron de gran apoyo para pacientes.

Considero que, si bien este recurso tecnológico es indiscutiblemente una forma de acercar al médico con sus pacientes y poderlos visualizar en tiempo real, no se debe abusar de esta tecnología. Siendo considerada como una panacea y disminuyendo el acto médico; el cual consisten en visualizar (inspección), escuchar (auscultar), sentir (palpación y percusión) e integración de un diagnóstico. 

Fuente:
Saavedra Ramírez, J. (2022). LA TELEMEDICINA Y TELECONSULTA BENEFICIOS Y DESVENTAJAS DESPUÉS DEL COVID-19. Horizontes del Conocimiento, 154(1), https://www.aesculapseguridaddelpaciente.org.mx/docs/revista/2022/Dic2022.pdf

 

¿Tú ya estás familiarizado con el uso de estás nuevas tecnologías en la medicina del día a día? ¿Qué opinión te merecen?
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